Trámites en materia de IBI
Recuerde algunos trámites relacionados con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Si es propietario de inmuebles, recuerde algunos trámites de interés relacionados con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Algunos deben hacerse antes del 31 de diciembre para que tengan efectos en el IBI del año próximo:
- Domiciliación. Para evitar posibles recargos por pagar fuera de plazo, es aconsejable que domicilie este impuesto en su cuenta corriente. De esta manera, también podrá beneficiarse del sistema de cobro fraccionado que establezca su ayuntamiento.
- Bonificaciones. Revise las ordenanzas fiscales de su municipio y verifique si puede solicitar alguna bonificación. Por ejemplo, los promotores inmobiliarios pueden solicitar, antes de iniciar una construcción, una bonificación de entre el 50 y el 90% durante el plazo que duren las obras (que no podrá exceder de tres años).
- División. Si tiene un inmueble propiedad de varios titulares, puede solicitar al ayuntamiento la división del impuesto. Así, a cada propietario le llegará un recibo de IBI por su parte del inmueble.
Verificaremos si las ordenanzas fiscales de su municipio le permiten solicitar alguna bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
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Cuenta corriente tributaria
En octubre su empresa puede optar por la Cuenta Corriente Tributaria para 2025.
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Aplazamiento de deudas
Recuerde los plazos de aplazamiento que suele conceder Hacienda.
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Arrendamiento y actividad económica
Para que el arrendamiento de inmuebles se considere actividad económica es necesario disponer de un empleado a jornada completa.
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